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¿Puedo cobrar un 0 % de IVA debido a una actividad mínima?
Como empresario ligero, facturas utilizando el número de identificación fiscal de Truster, por lo que el impuesto sobre el valor añadido siempre se añade a las facturas de forma predeterminada. Lee aquí por qué no se aplica el umbral del IVA.
La exención del IVA solo se aplica a empresas con una facturación anual inferior a 15 000 €. Cuando operas como empresario ligero sin tu propio número de identificación fiscal, utilizas el número de identificación fiscal de Truster para la facturación. Dado que Truster una gran empresa, estamos obligados por ley a añadir el IVA a todas las facturas.
¿Qué significa esto para usted?
Debe añadir el impuesto sobre el valor añadido (normalmente el 25,5 %) al precio.
Si acuerdas un precio de, por ejemplo, 100 €, el importe de la factura será de 125,50 €.
Esto no supone ningún problema para los clientes corporativos, ya que pueden deducir el IVA en su propia tributación.
Para los clientes particulares, el precio es siempre el precio total, impuestos incluidos, por lo que hay que tener en cuenta el IVA al negociar el precio con el consumidor.